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Impulso del empleo mediante el cumplimiento de la Ley General de Discapacidad

El artículo 42.1, de la LGD indica que “ aquellas empresas públicas y privadas que emplean a 50 o más trabajadores están obligadas a que, al menos, el 2% de éstos tengan un porcentaje de discapacidad  reconocida igual o superior al 33%,  o indirectamente cumplan con  medidas alternativas, previa aprobación por el Ministerio. Lo cierto es que la mayoría de las empresas que están en esta situación, desconocen la obligación y el procedimiento que deben de seguir.

A través de esta iniciativa se presenta una propuesta de asesoramiento para que éstas dispongan de una información correcta y profesional que les permita concienciarse y sensibilizarse sobre: 

  • La aplicación de la LGD  
  • Excepcionalidad y medidas alternativas para las empresas 
  • Motivos de excepcionalidad 
  • Medidas alternativas ofrece la LGD a las empresas 
  • Riesgos y consecuencias que conlleva el incumplimiento de la normativa de la Ley General de Discapacidad 
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Comunidad donde se desarrolla la experiencia: 
¿Quién presenta la experiencia?: 
Fundación PRODE
País: 
España
Lectura Fácil: 
No

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